En Palma a 22 de junio de 2020
Apreciados propietarios:
Afortunadamente, el progresivo control de la COVID-19 nos acerca cada vez más a la deseada vuelta a la normalidad. Hoy lunes 22 de junio, será el primer día en el que se haya dejado atrás el estado de alarma en todo el territorio nacional, y la referencia legal general será el Real Decreto-ley 21/2020.
Por parte de nuestra Comunidad Autónoma ha sido publicado el pasado 20 de junio el acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de junio de 2020 en el que se aprueba el plan de medidas excepcionales de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Tenemos que lamentar que, a pesar de que se ha solicitado en numerosas ocasiones que se indicara de forma clara la regulación que debe aplicarse en los edificios, sus zonas comunes e instalaciones, nuevamente nada se dice al respecto por lo que una vez más nos vemos en la obligación de interpretar la regulación en lo relativo a las comunidades de propietarios.
Superado el estado de alarma, todos los aspectos de la actividad en las comunidades de propietarios deben volver poco a poco a la normalidad.
ZONAS COMUNES
Se ha regulado que todos los ciudadanos deben adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación, así como la propia exposición al riesgo: la higiene frecuente de manos; la higiene de síntoma respiratorios (evitando toser directamente al aire y evitar tocarse la cara, la nariz y los ojos); el mantenimiento de grupos de convivencia habitual lo más estables posibles; minimizar los contactos sociales; la distancia física interpersonal de seguridad (como mínimo de un metro y medio); la limpieza y desinfección de superficies y la obligatoriedad de uso de mascarillas en espacio cerrado de uso público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal, son las medidas que se han publicado.
En todo caso, seguimos recomendando el uso preferente de las escaleras y, cuando se use el ascensor, hacerlo de forma individual (salvo cuando se acompañe a niños, personas mayores o con necesidades especiales).
PISCINAS
Como sabemos, en las fases 2 y 3 el Ministerio de Sanidad había puesto de manifiesto que era de aplicación de la Orden de Sanidad SND/414/2020.
También, se había solicitado una regulación única para todo el país, pero se ha optado por que cada territorio tenga su propia regulación: superada la desescalada, las Comunidades Autónomas han sido las responsables de definir las nuevas normas.
Ha sido el acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de junio de 2020 en el que se aprobó el plan de medidas excepcionales de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, la que ha regulado este aspecto y lo ha hecho del siguiente modo:
Las piscinas tienen que respetar el límite del 75 % de su capacidad, tanto por lo que se refiere al acceso como durante la propia práctica deportiva o recreativa, se debe colocar cartelería visible u otros medios informativos que recuerden las normas de higiene y prevención que se tienen que cumplir, se tienen que llevar a cabo las limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados con baños y vestuarios con carácter previo a la apertura de cada jornada, se permite el uso de duchas, con una ocupación máxima de una sola persona, excepto en el supuesto de personas que puedan requerir asistencia.
Adjuntamos a la presente circular una infografía para colocar en la piscina en lugar visible, tal como regula la normativa actual vigente.
JUNTAS DE PROPIETARIOS
Adaptándonos a esta nueva normalidad, nuestro despacho ha comenzado a celebrar en los últimos días juntas de propietarios. Verán que en dichas juntas aparecerá como un primer punto del orden del día la habilitación a presidente de la comunidad para convocar juntas de propietarios por medio de videoconferencia.
Es idea de este despacho mantener la posibilidad de que los propietarios asistan a las juntas de propietarios de manera presencial, pero si lo desean también lo puedan hacer por medio de videoconferencia y de este modo facilitar en la medida de lo posible la asistencia de todos los propietarios, aunque no se encuentren presencialmente en el despacho.
Confiamos poder celebrar en la mayor premura posible todas las juntas de propietarios que hayan podido quedar suspendidas como consecuencia de la crisis sanitaria por la que hemos pasado, no obstante, para ello, y en determinados casos, tenemos que buscar espacios adecuados para dicha celebración.
Adjuntamos a la presente circular, una infografía del espacio necesario para la celebración de juntas de propietarios para que se puedan hacer una idea de las necesidades actuales.
Los responsables de nuestros departamentos de fincas se pondrán en contacto con los presidentes de las comunidades para buscar una solución concreta para cada una de las comunidades.
Para terminar, queremos acabar esta comunicación con un sincero agradecimiento. Estos meses han supuesto un enorme reto para nuestra entidad. La ausencia de normas que aportaran certidumbre a nuestro sector, las publicaciones en el BOE a altas horas de la noche de complejas órdenes que entraban en vigor instantes después, la búsqueda de referencias que nos sirvieran para encontrar analogías para poder interpretar las instrucciones y poder aplicarlas en los edificios… han supuesto semanas muy intensas. En todos los casos, hemos considerado que lo prioritario era la salud. Esto ha supuesto, en algunos casos, una opción arriesgada. Sin embargo, nos complace dejar constancias de que hemos contado con el respaldo mayoritario de todos nuestros clientes, así como de los presidentes, vicepresidentes y juntas de gobierno de todas nuestras comunidades.
Gracias a todos y cada uno de ellos.
Deseándoles como siempre lo mejor para su salud y que pasen un buen verano, quedamos a su disposición para cualquier duda o aclaración.
Reciban un cordial saludo:
La administración.